Ante numerosas denuncias a este medio por parte de lectores que intentan vender o comprar un vehículo en la provincia de Entre Ríos y se chocan contra la pared de exigencias dudosas, nos hemos tomado el trabajo de investigar a fondo este verdadero dolor de cabeza cotidiano.
Cuando se va a cerrar trato, saltan los intermediarios de turno con caras de suma preocupación y tiran el baldazo de agua fría: «No se puede transferir, el auto tiene multas pendientes y hay que regularizarlo». Pero ojo, porque muchas veces esto no es más que una estrategia comercial para meter presión, apretar al vendedor y facturar de más. La realidad jurídica es tajante: las multas son de los conductores y no del automóvil, y ningún registro ni ley obliga a pagarlas para cambiar la titularidad de un rodado.
Algo personal
El pilar fundamental de todo este enrollo radica en comprender que las infracciones son sanciones administrativas de carácter personal, lo que significa que persiguen única y exclusivamente al conductor o propietario al momento de cometer el hecho, y jamás gravan a la cosa en sí. En Entre Ríos, un vehículo es un bien registrable que no transporta deudas jurídicas de sus antiguos dueños. Por el contrario, lo único que sí afecta directamente al automotor y debe estar al día al momento de la transferencia es el impuesto a la patente. Pretender que un comprador o un vendedor absorba multas ajenas es, técnicamente, un despropósito legal.
La caída del Formulario 13I. FIN.
Durante años, las gestorías nos acostumbraron al famoso Formulario 13I de infracciones, un filtro burocrático que trababa cualquier operación y alimentaba la rosca administrativa. Sin embargo, el tablero institucional cambió por completo: el RNPA, mediante la disposición DN 276/2024, dejó sin efecto la gestión de informes de multas dentro del sistema registral, eliminando por completo dicho formulario. Esto se traduce en que el Registro Nacional ya no registra ni informa multas, volviendo la existencia o inexistencia de infracciones totalmente indiferente para concretar un cambio de titularidad en cualquier rincón entrerriano.
El negocito
¿Por qué te siguen agitando el fantasma de la deuda en las agencias si el propio Registro Nacional lo borró de un plumazo? Acá está la verdadera trampa. Ningún organismo oficial centraliza ni informa infracciones a nivel nacional, salvo el SUATS, una plataforma presentada e instrumentada por la ACARA (la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina). El detalle fino, y la picardía que muchos prefieren obviar, es que este sistema privado infla los números manteniendo activas multas caducas, prescriptas o directamente nulas que jamás depuran, con el único fin de presionar al cliente en plena negociación. A esto se suman antecedentes insólitos comprobados, como los radares no autorizados en provincias vecinas (más de 100 detectados en Santa Fe) cuyas multas irregulares circulan alegremente por estas pantallas para asustar al vendedor desprevenido.
Criterio
En conclusión, no existe ninguna disposición legal que indique que el no pago de multas por parte del vendedor afecte al vehículo o a su nuevo propietario. Si un municipio o una repartición provincial quiere cobrar una multa, suele ir detrás del infractor real por la vía que corresponda, pero el auto viaja limpio de culpas ajenas a su nuevo destino. Por eso, al concurrir a una concesionaria o gestoría en Entre Ríos y surgir el cuento de las deudas para condicionar la venta, conviene recordar que los únicos elementos legales exigibles para transferir son el informe de dominio, los gravámenes, la verificación policial y el impuesto automotor. Mantener la guardia alta ayuda a no dejarse enredar por pretensiones que solo buscan inclinar la balanza comercial a favor del intermediario.